Leyes de Indias sobre el Correo en América |
LIBRO III, TIT. XVI, LEY XII |
El mismo, en Madrid, a 5 de octubre de 1630.
Los oficiales reales de la Vera-Cruz envíen a la Audiencia de Guadalajara los pliegos que se llevaren en las flotas y avisos con correo propio y a buen recaudo, de forma que lleguen bien tratados.